ORDENANZA Nº 831

LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA

 

Art. 1º.- El D.E. deberá informar mensualmente a este H.C.D., el movimiento de altas y bajas habidas en el personal, cualquiera sea su modalidad (Planta Permanente, Contratados, Jornalizados, Personal Temporario, etc.) donde la Municipalidad de Curuzú Cuatiá configure la parte patronal en dicha relación de dependencia o locadora en los contratos de locación de servicios.-

Dicho informe deberá presentarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que se trata.-

 

Art. 2º.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Marzo 27 de 1.991.-

 

CURUZU CUATIA, CORRIENTES