ORDENANZA Nº 831
LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art. 1º.- El D.E. deberá informar
mensualmente a este H.C.D., el movimiento de altas y bajas habidas en el
personal, cualquiera sea su modalidad (Planta Permanente, Contratados,
Jornalizados, Personal Temporario, etc.) donde la Municipalidad de Curuzú Cuatiá
configure la parte patronal en dicha relación de dependencia o locadora en los
contratos de locación de servicios.-
Dicho informe deberá presentarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que se trata.-
Art. 2º.-
COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE
SESIONES DEL H.C.D., Marzo 27 de 1.991.-
CURUZU
CUATIA, CORRIENTES